ArtículosAnálisisFragua#109

No es seguridad, es contrainsurgencia. Últimas reformas para el control

Reformas para el control

En el número anterior de FRAGUA analizamos algunos de los cambios que se han aprobado en la reforma con relación a la Guardia Nacional, con los que se profundiza la militarización de la seguridad pública y se asignan facultades que sólo auguran un aumento de la represión, la corrupción y la violencia en el país. Decíamos que dicha reforma es parte de un conjunto de reformas constitucionales que se complementan para reforzar la vigilancia y control de la población; aunque con la promesa gubernamental es que servirá para la búsqueda y localización de personas desaparecidas y para el combate al crimen organizado.

En esta ocasión analizamos algunos de los cambios publicados en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025, mismo que se titula como “…decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, así como de la Ley General de Población, en materia de fortalecimiento de búsqueda, localización e identificación de personas desaparecidas”.

Reformas graves para el pueblo

A continuación, exponemos algunos de los cambios que nos parecen más significativos y graves para el pueblo que ya han sido analizados por organizaciones de derechos humanos.

La identidad única. Reforma a los Arts. 91 Bis-Sexies de la Ley General de Población.

Como se había ventilado en los medios de comunicación, se establece la Clave Única de Registro de Población (CURP) como una fuente única de identidad, con fotografía y huellas dactilares. Dicho documento físico y digital será obligatorio en todos los trámites de carácter público y privado. Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la CURP para realizar cualquier trámite o brindar algún servicio.

A esta CURP se le adicionarán los datos biométricos de niñas, niños, adolescentes y mayores de edad, proceso que corre a cargo nada más y nada menos que de la Secretaría de Gobernación.

Plataforma Única de Identidad (PUI). Reforma a los Arts. 12 Bis y 12 Ter en la Ley General de Desaparición Forzada.

Aquí lo que se establece es la creación de una plataforma con todo tipo de fuentes de información que estarán interconectadas y con funciones de monitoreo en tiempo real. Es decir, una base central de datos múltiples que enlazan la información de la CURP con el Registro de Desaparecidos, con la Base Nacional de Carpetas, con el Banco Nacional de Datos Forenses, registros administrativos y cualquier base privada “necesaria” (como pueden ser telecomunicaciones, transporte, salud, finanzas, etc.).

Por si esto no fuera bastante para preocuparse, está también la Reforma al Art. 12 Quinquies de la Ley General de Desaparición Forzada que obliga a cualquier autoridad e incluso a particulares que manejen alguna base de información de identificación o datos bio- métricos, a entregar dicha información a la FGR, fiscalías locales, cuerpos de seguridad policíaco militares y al Centro Nacional de Inteligencia.

Por otro lado, también se obliga a instituciones que manejan bases de datos sensibles a proporcionar consultas inmediatas de biométricos, imágenes y registros. Como ejemplos podemos mencionar hospitales, laboratorios forenses, INE, etc. Todo ello en virtud a las reformas a los Arts. 12 Sexies-12 Nonies de la Ley General de Desaparición Forzada.

Adicionalmente, también se crean nuevas bases nacionales de datos, como la Base Nacional de Carpetas de Investigación, Banco Nacional de Datos forenses, interconectado con el Poder Judicial y el Registro Nacional de Fosas. Lo anterior se plasma en la nueva versión de los Arts. 1 Ter, 73 Bis, 119, 133 de la Ley General de Desaparición Forzada.

Otro signo grave, sin duda, es la posibilidad de que el Ministerio Público pueda entrar a inmuebles sin orden judicial y requerir localización geográfica en tiempo real o “datos conservados” (metadatos) de telecomunicaciones. Esto de acuerdo con el Art. 74 Bis de la Ley General de Población.

Para reforzar la obligación de privados de compartir datos, se establecen multas, con- templadas en los Arts. 43 Bis de la Ley General de Desaparición Forzada y 114 Bis de la Ley General de Población.

En la sección de Transitorios del decreto en cuestión, en el Cuarto específicamente establece un plazo de 90 días naturales para que los entes públicos y privados incluyan la CURP como requisito en los trámites y servicios que tengan a su cargo.

Y en el Quinto marca un plazo no mayor a 120 días naturales para que la Secretaría de Gobernación establezca el Programa de Integración al Registro Nacional de Población de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes para la integración de la CURP.

Los falsos argumentos

Hasta aquí lo que nos ofrece el Estado es la imagen de una especie de Big Brother que todo lo ve en tiempo real y que ahora sí podrá atacar problemas de delitos en forma inmediata, pues no habría forma de escapar ante tantos datos y fuentes interconectadas entre sí. Esto podrá sonar lógico en un inicio para cualquiera que viva la inseguridad, sufra de la comisión de delitos y violaciones a los derechos humanos. ¿Pero realmente es así o nos están dando “gato por liebre”?

Debemos pensar en las condiciones concretas de México, es decir, en una sociedad capitalista cuya estructura de gobierno está subordinada al imperialismo norteamericano, plagada de corrupción y saqueo, donde el reforzamiento de las medidas de vigilancia no ha servido al pueblo; pero sí para un mayor control social, político y para la represión. Además de ser una economía dependiente de EU, siendo éste el centro imperial de donde viene el diseño de las políticas de seguridad de acuerdo con sus intereses económicos y geopolíticos. Políticas que impone a gobiernos de todos los colores: tricolores, azules y guindas. Tomando en cuenta esa realidad prevemos riesgos graves.

La concentración que se hará de todos los datos posibles de cualquier persona, a la vez que podría parecer una ventaja, más bien es la potenciación del riesgo, pues lo que históricamente ha pasado es que los gobiernos no garantizan ni siquiera que sólo las instituciones las utilicen (lo cual tampoco garantiza que se utilicen para la seguridad y justicia) sino que se ha dado la filtración y venta de bases de información que van a parar a todo tipo de empresas legales e ilegales que las utilizan para sus fines económicos y políticos.

Obligar a cualquiera que posea datos a entregarlos a cuerpos de seguridad e inteligencia va en contra de la Ley General de Protección de Datos Personales y, en esencia al Artículo 16 constitucional que nos habla de la garantía y protección a la vida privada. Nada garantiza, por otra parte, que la Plataforma Única de Identidad se utilice para rastrear en tiempo real, transacciones y movimientos de cualquier persona por razones políticas de represión y contrainsurgencia (¿por qué habría de renunciar un Estado policiaco militar a ello?), y no sólo de personas desaparecidas. Y si tuviera información de desaparecidos que implicara descubrir responsabilidad de la misma autoridad, ¿en verdad pensamos que la utilizarán en su propia contra?

Tomando en cuenta las facultades intrusivas que se brindan a los Ministerios Públicos podemos augurar la perspectiva de dar más herramientas a la histórica corrupción y extorsión a una estructura de (in)justicia que, como sabemos, no se ha tocado ni con el pétalo de una reforma. Ni siquiera con la reciente simulación de Reforma al poder judicial llevada a cabo recientemente.

Como hemos mencionado, ahora el Estado tendrá perfiles mucho más completos de cada ciudadano y hasta de los menores de edad, lo cual incrementa el nivel de vulnerabilidad; además de que hay que recordar que el hackeo (¿o autorrobo?) de información sensible de instituciones del Estado ha alcanzado a las mismísimas Fuerzas Armadas y sus centros de inteligencia. Aun pensando ingenuamente que dichas instituciones protegen al pueblo podríamos decir que nos estaríamos encomendando a un santo muy “ineficiente”.

Otro aspecto es que tampoco se habla de algún órgano mínimamente confiable que regule y vigile la aplicación de estas reformas, vaya, ni siquiera se hace alusión a la Secretaría Anticorrupción o a la de Transparencia para el Pueblo, que se supone que remplaza al INAI. Por lo tanto, no hay forma de evitar violaciones a los derechos humanos ni tampoco mecanismos para defenderse legalmente.

Y para acabarla de amolar, se dan unos plazos demasiado cortos (90 días naturales) para implementar la Plataforma Única de Identidad, eso no augura más que aumentar las fallas de un sistema que, de suyo, ya implica peligros graves para toda la población mexicana.

Conclusión

Como conclusión podemos decir que es totalmente falso el argumento de que aumentar al máximo la vigilancia de datos en tiempo real de la población dará como resultado un mejor combate a la desaparición forzada o algunos delitos. ¿Es que acaso el trágico problema de la desaparición forzada en México se ha incrementado porque el Estado carece de información de lo que pasa en el territorio nacional?

La verdad histórica es que la inteligencia del Estado es una estructura que sigue igual de aceitada que en los sexenios anteriores. Por información periodística y por el hackeo a información de instituciones como las Fuerzas Armadas hemos sabido que el Estado tiene perfectamente el seguimiento y el mapeo de la situación real en que se encuentra todo el territorio nacional. No hay nada parecido a un “Estado ausente”. El conocimiento y los medios para actuar se tienen por medio de presupuestos que se incrementan mucho más que los destinados a necesidades del pueblo, como la salud, como ejemplo.

El Estado tiene el seguimiento y conocimiento de todo lo relacionado con el llamado crimen organizado y también de las autoridades que a todos los niveles actúan coludidos. Conoce la situación de aduanas, puertos, aeropuertos, rutas, carreteras, negocios ilícitos, estructura de los llamados cárteles, huachicol, información financiera, etc.

Pero eso no es lo más importante, también cuenta con una información detallada de cualquier expresión del pueblo organizado, luchadores sociales, defensores del territorio, periodistas independientes, organizaciones populares independientes y defensoras de derechos humanos, así como todo aquel que luche contra las injusticias que crea el sistema capitalista. Tomando como ejemplo el caso histórico de la desaparición forzada de estudiantes de la Escuela Normal Raúl Isidro Burgos, de Ayotzinapa, Guerrero, vemos que el Estado contó en todo momento con información suficiente previa, en tiempo real y posterior al hecho de la desaparición (sistema de cámaras, presencia directa de cuerpos policiaco militares, seguimiento de telecomunicaciones como teléfonos celulares, geolocalización, etc.) y cómo los agentes del Estado de todos los niveles estuvieron involucrados en violaciones a derechos humanos en sus tres formas: comisión, omisión y aquiesencia, en diferentes actos. Es más, entre los desaparecidos había un infiltrado del ejército cuya función era precisamente la de recabar información de lo que ocurría en la Normal Rural y las actividades políticas de los alumnos.

Si el Estado nos dijera que no se ha podido hacer justicia en un caso como éste por falta de herramientas de información simplemente nos estaría viendo la

cara. Precisamente es lo que ocurre con las Reformas constitucionales que hemos venido analizando, las cuales son un pretexto para ocultar la participación del Estado y sus instituciones como causantes de la situación que vive el pueblo en cuanto a inseguridad, crimen y violaciones a derechos humanos. Y además, mata dos pájaros de un tiro: se hace de condiciones más amplias para llevar a cabo una política de contrainsurgencia, que no empezó con el obradorismo en el poder, pero sí se profundizó, como una necesidad de la clase burguesa en el poder.

Estas reformas permiten seguir utilizando el miedo del pueblo que tiene como origen la dominación de la clase burguesa y su Estado para controlarlo cada vez más sin resolver el problema de fondo: las consecuencias socia- les, económicas y políticas del capitalismo y sus gobiernos que son en realidad juntas de administración de los negocios legales e ilegales de los grandes burgueses.

Como OLEP, reivindicamos en nuestro Programa Mínimo de Lucha en su punto 4, TERMINAR CON EL TERRORISMO DE ESTADO Y LA REPRESIÓN POLÍTICA. Te invitamos a consultarlo de forma completa. Las actuales reformas que analizamos sólo van en el sentido de profundizar la política contra- insurgente que aplicaron otros gobiernos, la profundización de la militarización en todo el país, así como de fortalecer una doctrina de seguridad que tiene como enemigo interno al pueblo que protesta y se organiza.

Te invitamos a unirte a nuestra organización, ya que la lucha proletaria independiente es más que necesaria y vigente en la actualidad.

¡Contra el despojo, la represión y la explotación; resistencia, organización y lucha por el socialismo!

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